¿Puede el cliente de un contrato de confirming con una entidad financiera solicitar a ésta el pago de algunas facturas de sus proveedores, o, por el contrario, es la entidad financiera la que procede al pago de las facturas cuando cree oportuno?

6 de abril de 2010 

Es el propio contrato de confirming el que regula los plazos para el pago a los proveedores del cliente, de conformidad con lo que el cliente tiene acordado con dichos proveedores. La entidad financiera, por tanto, no es quien decide en qué momento realiza los pagos a los proveedores, simplemente se encarga de gestionar los mismos en los plazos marcados por el cliente.

Cosa distinta es la posibilidad que las entidades financieras suelen ofrecer a los proveedores de adelantarles el importe de la deuda pendiente de pago por el cliente. En estos casos, es la propia entidad financiera la que decide unilateralmente conceder o no esta posibilidad a los proveedores así como las condiciones del anticipo (interés aplicable, etc.).

En relación a lo expuesto, le animamos a consultar las reseñas sobre el contrato de confirming contenidas en este portal financiero, que se incluyen en el apartado “Nuevos productos y servicios financieros”.

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