Desde los inicios, MiFID considera de máxima relevancia el conocimiento del cliente (referido en este caso a su experiencia inversora y perfil de riesgo) para garantizar la mejor protección de sus intereses. Para conocer el perfil de cada cliente, las entidades tendrán que realizar, cuando proceda:
- “Test de Idoneidad”, para prestar servicios de asesoramiento financiero y/o gestión de carteras. Con este test, las entidades tendrán que evaluar si el servicio o transacción se ajusta al perfil de riesgo del cliente. Si el cliente no facilita la información necesaria para realizar el test, no se puede prestar dicho asesoramiento o gestión.
El test de idoneidad persigue clasificar el perfil del inversor en función de determinados niveles de riesgo (por ejemplo: conservador–moderado–arriesgado). Las entidades también tienen que catalogar sus productos en distintas categorías, según su menor o mayor riesgo, para establecer una correlación entre categorías de productos y perfiles de riesgo de clientes.
- “Test de conveniencia”, para la comercialización de productos complejos. El test de conveniencia es menos exhaustivo que el “test de idoneidad” y pretende conocer la experiencia inversora del cliente y si el mismo tiene conocimientos para comprender los riesgos que implica la contratación del producto o servicio de inversión que la entidad ofrece o el cliente solicita.