¿Cuánto me va a costar conseguir un aval?
En el supuesto de avales bancarios, y por el servicio de prestar el citado aval, la entidad financiera suele cobrar al avalado unas determinadas comisiones, siendo las más habituales la de formalización (por una sola vez, a la emisión de la carta de aval) y la de riesgo (se percibe periódicamente durante la vigencia del aval y su cuantía suele depender de factores como el plazo, el tipo de aval o el riesgo que la entidad financiera considera que está asumiendo). Ambas serán un porcentaje determinado sobre el importe máximo avalado.
Por su parte, en cuanto a los avales personales, si bien los mismos suelen ser gratuitos, nada impide a las partes, si así lo estiman oportuno, establecer algún tipo de contraprestación por el otorgamiento del aval.
Además, en caso de intervención de fedatario público, habrá que añadir los costes del mismo.
Ejemplo:
Una persona se dispone a alquilar una vivienda, para lo que el propietario le solicita un aval por importe de una anualidad de renta (12.000 euros). Al acudir a su entidad financiera, al arrendatario le presentan las siguientes condiciones para la concesión del aval:
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Comisión de formalización (a cobrar una sola vez –a la contratación del aval–) del 1% sobre el importe total del aval.
1% * 12.000 = 120 euros
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Comisión de estudio (a cobrar una sola vez –a la contratación del aval–) del 1% sobre el importe total del aval.
1% * 12.000 = 120 euros
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Comisión de riesgo (a cobrar trimestralmente) del 1% sobre el importe total del aval.
1% * 12.000 = 120 euros al trimestre
Total anual: 120 euros * 4 trimestres = 480 euros
Coste total asociado a la concesión y mantenimiento durante el primer año:
120 + 120 + 480 = 720 euros
Coste total de mantenimiento durante años sucesivos: 480 euros