Si mi padre falleciera adeudando 2 o 3 meses de un crédito hipotecario, ¿Estaría cubierto por un seguro de vida vinculado al mismo o perdería la cobertura?

21 de agosto de 2013 

Tiene que tener en cuenta la situación puntual de impago de las cuotas que conforman la prima del seguro.

A este particular, dependiendo de la legislación que se aplique en su país, se puede dar la circunstancia de que el tomador del seguro pueda resolver el contrato o exigir el pago de las primas debidas. Dependiendo de la legislación aplicada y las clausulas de la póliza aseguradora, si esta situación se prolonga por una cantidad estipulada de tiempo (3 meses, 6 meses, etc…), el contrato entre tomador y asegurado podría extinguirse.  Le recomendamos, no obstante, que consulte el apartado del portal Edufinet «¿Qué ocurre en caso de falta de pago de la prima?» y examine las condiciones particulares de la póliza contratada, así como que examine la legislación que sobre este particular rija en su país.

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