¿Qué prestaciones puede garantizar el seguro de accidentes?

  • El pago de un capital en caso de muerte: si se produce la muerte por accidente, serán los beneficiarios designados en la póliza quienes recibirán el capital. Por norma general, éstos dispondrán de un plazo estipulado en la póliza para solicitar dicho cobro.
  • El pago de un capital en caso de incapacidad permanente: se entiende por incapacidad permanente las pérdidas anatómicas o funcionales que originen al asegurado secuelas físicas irreversibles.
  • El pago de un capital en caso de incapacidad temporal: la incapacidad temporal se define como toda lesión que imposibilite al asegurado para el desempeño de su profesión habitual durante un determinado plazo de tiempo. Esta indemnización suele consistir en el pago de una cantidad diaria (acorde con los ingresos que, como consecuencia de la incapacidad, deja de percibir el asegurado por su profesión o trabajo) mientras dure la incapacidad, con un límite máximo que suele ser de un año. 
  • La prestación de asistencia sanitaria: tiene por objetivo cubrir determinados gastos sanitarios que se pueden producir como consecuencia de un accidente, tales como: gastos de hospitalización, gastos de curación, gastos farmacéuticos, gastos de asistencia domiciliaria, etc. No obstante, se suele establecer un plazo máximo, que generalmente no excede del año.

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