¿Qué preguntas básicas se deben formular antes de solicitar un préstamo?
Cuando acudimos a solicitar un préstamo, lo que realmente estamos solicitando es un servicio que, como cualquier otro, está sujeto a una serie de condiciones y a un precio, por lo que resulta fundamental conocer cuáles son los compromisos que podemos adquirir. Ante la necesidad de solicitar un préstamo, algunas preguntas básicas que debemos hacernos son:
¿Qué importe necesito realmente?
A la hora de calcular el importe del préstamo a solicitar, hemos de tener en cuenta que la formalización del préstamo puede conllevar una serie de gastos (comisiones, gastos notariales y de registro, impuestos, seguros, etc.). Además, hemos de tener presentes la carga impositiva y los gastos ligados al bien cuya compra se financia. Así, en el caso de la vivienda, habrá de pagarse el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), si se trata de una vivienda nueva, o el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), si la vivienda es de segunda mano.
¿Cuál es el importe del préstamo al que puedo aspirar?
Habitualmente, las entidades financieras, especialmente en el caso de concesión de préstamos hipotecarios, establecen determinados límites en el importe total que pueden prestar. Así, los límites máximos más generalizados se sitúan entre el 70% y el 80% del valor de tasación, en caso de préstamos hipotecarios sobre viviendas de primera residencia, y entre el 60% y el 70% en caso de viviendas de segunda residencia. Dichos porcentajes se aplican sobre el valor de tasación con independencia de cuál sea el precio por el que se acuerde la compraventa de la vivienda. Además, en el caso de que el bien objeto de la hipoteca tenga cargas anteriores (ej.: hipotecas anteriores), la entidad financiera suele deducir el importe de la carga del importe a financiar.
¿Qué cantidad de mis ingresos puedo destinar mensualmente al pago del préstamo?
Para tomar una decisión sobre el préstamo, es fundamental saber cuál es la carga financiera (suma del capital que se amortiza más los intereses) que tenemos que afrontar y en qué fechas. Una persona tendrá capacidad de reembolso si con sus ingresos periódicos (netos del impuesto sobre la renta y de las cotizaciones sociales) puede atender sus necesidades ordinarias de gasto (alimentación, gastos corrientes del hogar, desplazamiento, etc.) y la carga financiera del préstamo.
Normalmente, las entidades financieras suelen utilizar la llamada “regla del tercio”, de forma que únicamente un tercio de los ingresos serán computables en cuanto a la posible cuota a pagar. Así, por ejemplo, en el supuesto de una persona que cobrase un salario mensual neto de 2.500 euros, la entidad financiera considerará que la cuota máxima a la que ese individuo puede hacer frente es de 833 euros mensuales (1/3 de 2.500 euros mensuales). No obstante, a medida que aumenta la retribución, los dos tercios no vinculados al préstamo representan un importe absoluto cada vez mayor, por lo que la mencionada regla pierde significación.