¿Qué es una cuenta corriente de crédito?

A través de la cuenta corriente de crédito, el cliente (normalmente una empresa) puede hacer uso del dinero puesto a su disposición por la entidad financiera, durante el período de vigencia del contrato, siempre con el tope del límite máximo acordado. Así las cosas, la empresa o el particular van adecuando los fondos de que dispone a sus necesidades reales de financiación, retirando únicamente aquellos importes que le resulten precisos. El objetivo del crédito suele ser atender situaciones esporádicas de necesidad de financiación a corto plazo.

 

La operatoria de la cuenta de crédito, una vez formalizada mediante póliza intervenida por notario (a los efectos de dotar a la operación de mayores garantías, especialmente ejecutivas), es muy similar a la de una cuenta corriente ordinaria, salvo por el hecho de que el importe disponible es pactado con la entidad financiera.

En cuanto a los costes asociados a la cuenta de crédito, éstos son los siguientes:

  • Intereses acreedores: en el caso de que la cuenta de crédito tenga saldo acreedor, la entidad financiera liquidará intereses a favor del titular en la cuantía pactada.
  • Intereses deudores: son intereses que debe abonar el titular de la cuenta a la entidad financiera por los saldos tomados a crédito.
  • Intereses de descubierto/excedido: resultan aplicables cuando el titular de la cuenta dispone de fondos por encima de la cantidad máxima estipulada (se aplican sobre el montante de más -por encima del límite- del que se ha hecho uso).
  • Comisiones: existen distintos tipos de comisiones que, por regla general, son aplicables a las cuentas de crédito:
    • Estudio: comisión derivada del análisis de la operación que efectúa la entidad financiera de forma previa a la apertura de la cuenta de crédito.
    • Apertura: por formalizar la operación.
    • Comisión por saldo no dispuesto o de disponibilidad: suele ser trimestral o mensual. Se aplica sobre el saldo medio no dispuesto durante el período de liquidación.
    • Comisión por excedido: se aplica cuando se dispone por encima del límite máximo pactado.
    • Por administración: derivada del hecho de mantener abierta y operativa una cuenta de crédito.
    • Por operaciones: por cada apunte realizado en la cuenta.
    • Por reclamaciones: a abonar en caso de producirse cualquier reclamación en relación con la cuenta de crédito.
  • Gastos notariales derivados de la intervención de la póliza de crédito.

Esquema-resumen funcionamiento cuenta de crédito:

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