¿Qué es un contrato de «crédito al consumo»?
Es un contrato mediante el cual un prestamista concede o se compromete a conceder a un consumidor un crédito bajo la forma de pago aplazado, préstamo, apertura de crédito o cualquier medio equivalente de financiación. No obstante, existen determinados contratos que quedan excluidos de esta categoría, como son los contratos de crédito garantizados con hipoteca inmobiliaria o los contratos de crédito por importe inferior a 200 euros, entre otros.
En este ámbito, se entiende por consumidor la persona física que actúa con fines que están al margen de su actividad comercial o profesional.