¿Qué es el Documento de datos fundamentales para el inversor?

En aplicación de la Directiva Europea 2009/65/CE, transpuesta en España a través de la Ley 31/2011, se ha acordado la creación de un nuevo documento informativo que deben proporcionar los fondos de inversión.

Este documento es el “Key Investor Information Document” (KIID) o, como se ha traducido al español, documento con los Datos Fundamentales para el Inversor (DFI), que está destinado a sustituir al folleto simplificado. 

Tiene carácter precontractual, deberá tener una extensión máxima de dos páginas y ha de estar redactado de forma clara y precisa, utilizando un lenguaje no técnico, ya que el objetivo principal del mismo es permitir al inversor comparar fácilmente varios DFI de fondos de cualquier Estado miembro de la Unión Europea.

El DFI debe recoger la siguiente información acerca del fondo:

  • Objetivos y política de inversión del fondo: en esta sección se debe informar acerca de temas como son las principales categorías de instrumentos financieros en los que el fondo invierte, si el fondo está indexado a un índice y, en ese caso, cuál. Asímismo, entre otros aspectos, ha de indicarse qué es lo que hará el fondo con los ingresos generados, si distribuirlos o reinvertirlos.
  • Perfil de riesgo y remuneración: en este apartado ha de incluirse una escala gráfica donde se represente, mediante siete niveles el riesgo y la rentabilidad esperada aparejados a cada uno de ellos. Asimismo, se ha de identificar y comentar cómo influyen los principales tipos de riesgo que afectan al fondo.
  • Gastos: en esta sección del documento se recogen los gastos del fondo. Estos gastos pueden ir destinados a cubrir los gastos de funcionamiento del fondo (instrumentados por medio de la comisión de gestión y depositaría), pueden ser gastos no recurrentes percibidos una sola vez (comisión de suscripción y reembolso) o pueden ser gastos instrumentados como comisiones sobre el rendimiento del fondo. Asimismo, en esta sección se debe recoger la forma de cálculo de dichas comisiones, su límite máximo y la entidad beneficiaria de las mismas.
  • Rentabilidad histórica: se debe indicar cuál es el año en el que el fondo se creó, así como la moneda en la que han sido calculadas las rentabilidades.
  • Información práctica: por último, en esta sección se deben recoger datos como el nombre de la entidad depositaria, el tratamiento fiscal, los valores liquidativos de las participaciones, etc.

Asimismo, en este documento deberá citarse el lugar en el que el inversor podrá obtener información adicional sobre todas las materias antes citadas.

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