¿Qué es el Consorcio de Compensación de Seguros?

El Consorcio de Compensación de Seguros es una entidad pública, adscrita al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital a través de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar.

Entre sus funciones destacan las siguientes:

  • Compensación de los daños producidos a las personas y a los bienes por riesgos extraordinarios1.
  • Asunción de cobertura en determinados supuestos de responsabilidad civil obligatoria, como es el caso de seguros sobre vehículos no aceptados por entidades aseguradoras o el aseguramiento de los vehículos pertenecientes al parque automovilístico del Estado y demás organismos públicos. Igualmente, otorga cobertura en casos de falta de funcionamiento de los seguros privados (ej.: daños producidos por un vehículo carente de seguro).
  • Respaldo del sistema de seguros agrarios combinados.
  • Funciones de liquidación de entidades aseguradoras.

 1. Por riesgos extraordinarios se entiende aquellos que estadísticamente ocurren en contadas ocasiones y cuya magnitud y/o naturaleza y efectos exceden los de un riesgo normal, como es el caso de las inundaciones. Por regla general, los seguros privados no cubren este tipo de riesgos.

Educación financiera

Proyectos de Edufinet
Otros recursos