¿Es posible obtener la reducción del 40% por rescate en forma de capital de un plan de pensiones, si se rescatan varios planes de pensiones en ejercicios distintos?
En la consulta vinculante V2322-10 de la Agencia Tributaria se recoge lo siguiente: «(…) Debe destacarse asimismo que el tratamiento que el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas otorga a las prestaciones en forma de capital derivadas de planes de pensiones, se refiere al conjunto de planes de pensiones suscritos por un mismo partícipe y respecto de la misma contingencia.
De este modo, y con independencia del número de planes de pensiones que tenga suscritos una persona, el tratamiento fiscal de las prestaciones o de los derechos consolidados percibidos en forma de capital con la posible aplicación de una reducción del 40 por 100, sólo podrá otorgarse a las cantidades percibidas en un único año (…)».
Según lo anterior y con independencia del número de planes de pensiones de los que una persona sea partícipe, solamente podrá acceder a la reducción del 40% para las cantidades percibidas en un único año, siempre y cuando cumpla los requisitos para acceder a dicha reducción, que son los siguientes:
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Las aportaciones a planes de pensiones deben ser anteriores al día 01/01/2007.
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El rescate se debe efectuar en forma de capital (un único pago).
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La prestación debe percibirse en los ejercicios en los que se tenga derecho a ello:
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En el caso de contingencias acaecidas a partir del 1 de enero de 2015, se podrá aplicar la reducción del 40% cuando se solicite el cobro de la prestación en el ejercicio en que acaezca la contingencia, o en los dos siguientes.
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En el caso de contingencias acaecidas en los ejercicios 2011 a 2014, la reducción del 40% sólo podrá ser de aplicación a las prestaciones percibidas hasta la finalización del octavo ejercicio siguiente a aquel en el que acaeció la contingencia correspondiente.
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En el caso de contingencias acaecidas en el ejercicio 2010 o anteriores, la reducción del 40% sólo podrá ser de aplicación a las prestaciones percibidas hasta el 31 de diciembre de 2018.
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