¿Cómo interesa más obtener los intereses de un depósito a plazo: en dinero o en especie?
13 de septiembre de 2007
Ejemplo: Un ahorrador se encuentra con dos opciones para colocar 10.000 euros en un depósito a plazo por un año:
- Depósito con retribución dineraria, a un tipo de interés del 6,00% anual.
- Depósito que ofrece una retribución en especie, consistente en una vajilla, cuyo coste para la entidad financiera es de 400 euros y que en el mercado vale 500 euros.
Supuestos: tipo de retenciones e ingresos a cuenta en el IRPF: 19%.
Tipo de gravamen del ahorro en el IRPF: 19%.
Para hacer una comparación de las dos opciones es preciso calcular la rentabilidad neta del IRPF que obtiene el ahorrador en cada caso:
- Intereses brutos: 6,00% x 10.000 = 600 euros.
- Retención IRPF: 19% x 600 = 114 euros.
- Intereses recibidos netos de retención: 600 – 114 = 486 euros.
- Liquidación IRPF: 19% x 600 – retención = 114 – 114 = 0.
- Intereses netos de IRPF = 486 euros.
- En este caso, ha de tenerse en cuenta que el ahorrador:
- Debe declarar en su IRPF el importe del coste de la vajilla para la entidad financiera incrementado en un 20%, más el ingreso a cuenta del IRPF efectuado por dicha entidad (un 20% del coste más el 19% indicado).
- La cantidad declarada tributa al 19%.
- De la cuota resultante se deduce el ingreso a cuenta efectuado.
- Así:
- Liquidación IRPF = 19% x [(coste vajilla x 1,2) + ingreso a cuenta IRPF] – ingreso a cuenta IRPF = 19% x [(400 x 1,2) + 19% x (400 x 1,2)] – 19% x (400 x 1,2) = 19% x (480 + 91,2) – 91,2 = 19% x 571,2 – 91,2 = 108,53 – 91,2 = 17,33 euros.
- Importe neto obtenido = valor de mercado de la vajilla – cuota diferencial IRPF = 500 – 17,33 = 482,67 euros.
Por tanto, en este ejemplo resulta más rentable la opción de la retribución en dinero.