¿Cuándo se cobran las prestaciones de un plan de pensiones?

A partir del momento en que se produzca alguna de las contingencias cubiertas.

Aquellos partícipes que no puedan acceder a la jubilación, porque no tengan una profesión remunerada y, por lo tanto, no hayan cotizado, pueden cobrar la prestación una vez alcanzada la edad legal de jubilación.

Del mismo modo, a partir del 1 de enero de 2025, se contempla la posibilidad de disponer anticipadamente del importe de los derechos consolidados que tengan al menos diez años de antigüedad, sin necesidad de que acaezca alguna de las contingencias cubiertas por el plan. Así, todas las aportaciones realizadas con anterioridad a 2015 se podrán hacer líquidas a partir del 1 de enero de 2025 y las que se realicen con posterioridad deberán dejar de transcurrir los diez años correspondientes.

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