Me han ejecutado un local sobre el que tenía una hipoteca. De cara a la subasta ¿el valor de tasación del mismo se mantiene o se actualiza?. Tengo una pensión de 631 €, ¿pueden embargar mi pensión?
Tengo un local comercial tasado en 2008 a efecto de ejecución bancaria en 95.000€. Debo 32.000€ y no puedo pagar. Van a ejecutar la hipoteca y tengo un pensión de 631€. ¿El valor de tasación se respeta a efecto de subasta o se tasa de nuevo? ¿la pensión la pueden la pueden embargar?
En respuesta a la pregunta concerniente al valor de tasación, le respondemos que una vez que la entidad financiera decide ejecutar el préstamo hipotecario, el valor de tasación que se tiene en cuenta es el que figura en la escritura de hipoteca y este valor no se actualiza en caso de ejecución.
Con respecto a su segunda pregunta acerca de la embargabilidad de su pensión, le indicamos que en la pregunta del portal Edufinet «¿Qué se entiende por “mínimos inembargables” y a cuánto ascienden?», se recogen las cantidades que pueden resultar embargables de sueldos, salarios o pensiones. La pensión que Vd. percibe es inembargable porque su cuantía es inferior al Salario Mínimo Interprofesional, fijado para 2018 en 735,90 euros.