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Las indemnizaciones por daños en la persona o bienes de un tercero acaecidos en España por un vehículo no asegurado o desconocido corren a cargo del Consorcio de Compensación de Seguros (entidad pública empresarial, adscrita al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, a través de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar), las cuales siempre se abonarán con arreglo a los límites cuantitativos establecidos en las normas españolas.

Responderá igualmente el Consorcio de Compensación de Seguros en otros supuestos como los daños causados por un vehículo con estacionamiento habitual en España asegurado pero que haya sido robado o en el caso de que la entidad aseguradora sea declarada insolvente.