Las empresas que pueden prestar este tipo de servicios son las compañías de seguros.
Este tipo de compañías públicas o privadas pueden adoptar las siguientes formas jurídicas:
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Sociedad anónima: sociedad mercantil cuyo capital social está dividido en acciones.
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Sociedad mutua: tiene por objeto la cobertura a sus socios, personas físicas o jurídicas.
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Sociedad cooperativa: tiene una finalidad similar, si bien está sometida a la legislación sobre cooperativas.
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Mutualidad de previsión social: se trata de una entidad que ejerce una actividad aseguradora de carácter voluntario y complementario al sistema de Seguridad Social.