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Cuotas: Aunque lo habitual es que las cuotas de leasing se determinen fijas y constantes, pueden darse casos en los que se pacten con el cliente cuotas variables, crecientes o decrecientes. En todo caso, dichas cuotas serán prepagables (su vencimiento se producirá al principio de cada período).
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Valor residual: Aquel por el que se ejercita la opción de compra; suele ser equivalente al importe de una cuota del leasing.
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Garantía: Es el propio bien objeto de leasing el que actúa como garantía del contrato. Adicionalmente, se puelen requerir otras garantías: como fiadores.
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Formalización: Los contratos de leasing suelen instrumentarse por escrito en una póliza de leasing intervenida por notario.
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Propiedad del bien: Hasta que se ejecute la opción de compra, la propiedad del bien reside en la entidad arrendadora.
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Gestión: La gestión y el mantenimiento del bien corren a cargo del arrendatario.
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Registro contable: el arrendatario registra un activo (en el inmobilizado intangible) y un pasivo financiero en su balance por importe igual a la cantidad total actualizada debida al arrendador.