Si, como se prevé, la tributación de los servicios financieros en el IVA se estableciese sólo para la prestación de servicios a sujetos pasivos del IVA (para los que el IVA soportado sería deducible), no se verían afectados directamente los usuarios de servicios financieros. Incluso podrían verse favorecidos por unos precios más reducidos, ya que los costes de las entidades bancarias serían inferiores al recuperar el IVA soportado en la compra de bienes y servicios en el nuevo escenario.