[Cap clause] Cláusula a través de la cual se limita el tipo de interés máximo que se aplicará al deudor, con independencia del tipo que alcance el tipo de referencia más, en su caso, el diferencial acordado.
[Cap clause] Cláusula a través de la cual se limita el tipo de interés máximo que se aplicará al deudor, con independencia del tipo que alcance el tipo de referencia más, en su caso, el diferencial acordado.
Guía Financiera
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