TérminoDefinición
Bolsas y Mercados Españoles (BME)

[Operator of all stock markets and financial systems in Spain] Operador de todos los mercados de valores y sistemas financieros de España.

Bono

[Bond] Activo financiero de renta fija emitido por una empresa o por una Administración Pública. Su vencimiento es, normalmente, superior a los dieciocho meses y no excede de cinco o siete años.

Bono cupón cero

[Zero coupon bond] Aquél que no paga intereses periódicos. La totalidad de los intereses se percibe en el momento de la amortización, como diferencia entre el valor por el que se amortiza y el precio de adquisición del bono.

Bonos de fundador

[Deferred/Founders’ shares] Derechos especiales de contenido económico que pueden reservarse, mediante aprobación en los estatutos sociales, a los fundadores y promotores de una sociedad anónima.

Bonos de titulización hipotecaria

[Asset-backed securities (ABS)] Valores de renta fija emitidos por fondos de titulización de activos con el objeto de obtener financiación para el mismo. 

Bonos hipotecarios

[Mortgage bonds] Activos financieros garantizados por un crédito o grupo de créditos hipotecarios que se vinculen específicamente a su emisión en escritura pública.

Bonos y obligaciones indiciados

[Index-linked bonds and debentures] Títulos de renta fija cuya rentabilidad se halla ligada a la evolución de un índice. También se suelen llamar bonos y obligaciones referenciados.

Bonos y obligaciones subordinadas

[Subordinated bonds and debentures] Títulos de renta fija, normalmente con cupón fijo y reembolso por el nominal o con prima, en los que su titular queda por detrás de todos los acreedores comunes en preferencia de cobro (orden de prelación).

Broker

Intermediario financiero que negocia títulos valores por cuenta ajena. Agencia de valores.

C.I.R.B.E.

[Risk Information Centre of the Spanish Central Bank] Es la Central de Información de Riesgos del Banco de España. La inclusión de los riesgos asumidos por las entidades financieras (operaciones a partir de 1.000 euros) es obligatoria según la normativa del Banco de España.

CAC 40

[French stock exchange benchmark] Principal índice de renta variable de la bolsa de París, que recoge la evolución de las 40 principales empresas francesas.

Cajas de ahorros

[Saving banks] Entidades de crédito de naturaleza fundacional y de carácter social.

Cajero automático

[Automated Teller Machine (ATM)] Terminal financiero de autoservicio diseñado para que los usuarios efectúen sus transacciones sobre sus cuentas de manera directa.

Cálculo actuarial

[Actuarial calculus] Es una valoración económica de una serie de pagos en la que, además de tener en cuenta que el valor del dinero cambia en el tiempo, se incluye la probabilidad de que cada pago se realice.

Calificación crediticia

[Credit Rating] Nota emitida por una agencia de calificación independiente, que informa acerca de la solvencia de una empresa o institución y, por tanto, de su capacidad para hacer frente a compromisos de pago.

Call

Contrato de opción (por ejemplo, sobre acciones) mediante el cual el comprador se asegura un precio fijo de compra del subyacente (acciones).

Cámara de Comercio Internacional (CCI)

[International Chamber of Commerce, ICC] Organismo internacional, con sede en París, dedicado a la normalización, análisis y actualización de reglas y usos internacionales relativos al comercio mundial.

Cámara de compensación

[Matching and reconciliation chamber] Órgano integrante de un mercado organizado cuya función principal es la de asumir el riesgo de contrapartida, es decir, el riesgo de que alguna de las partes participantes en una operación en dicho mercado incumpla con sus obligaciones.

Cambio de un valor

[Price, quotation] Precio que alcanza un valor en la bolsa o en un mercado. En la bolsa, la determinación del cambio se hará en régimen de mercado. Según la naturaleza de la operación, existen una gran variedad de cambios (ajustado, convenido, a la par, cierto, de apertura. de cierre, de canje, mínimo, máximo, nominal, fijo, etc.).

Cancelación anticipada

[Prepayment] Anticipación de las cantidades pactadas en concepto de amortización de un préstamo. Puede ser total o parcial. Se suele cobrar un porcentaje sobre la cantidad anticipada, en razón del quebranto financiero que supone la alteración del calendario de amortización pactado.