¿Existen limitaciones sobre los tipos de interés aplicables?

Las entidades de crédito deciden libremente, aunque con ciertas limitaciones, los tipos de interés que aplican a sus operaciones tanto de activo (préstamos y créditos) como de pasivo (libretas de ahorro, cuentas corrientes, imposiciones a plazo fijo). 

Entre estas limitaciones se encuentra la prohibición de que los tipos de interés aplicables a los descubiertos en cuenta de consumidores, junto con las comisiones aplicables al descubierto, den lugar a una TAE superior a 2,5 veces el interés legal del dinero.

Son consumidores o usuarios las personas físicas que actúen con un propósito ajeno a su actividad comercial. empresarial, oficio o profesión.Estas personas gozan de una protección más intensa que las empresas o profesionales (por ejemplo, una sociedad anónima o limitada, o un profesional liberal: arquitecto, médico, abogado, etc.).

En materia de intereses de demora en contratos formalizados con consumidores, el Tribunal Supremo ha reglamentado que estos no podrán superar en dos puntos porcentuales el pactado para determinar el interés remuneratorio de la operación crediticia, ya sea personal o hipotecaria, como ya se ha mostrado.

 

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