Las cuentas de pago básicas son un tipo de cuentas que buscan promover la inclusión financiera en la Unión Europea, facilitando el acceso de los consumidores a los servicios bancarios básicos.
Los bancos no solo se encuentran obligados a ofrecer este tipo de cuentas sin condicionar su contratación a la suscripción de otros servicios, sino también a darlas a conocer e informar sobre sus características.
Solo existen tres motivos por los que se puede denegar la apertura de estas cuentas:
- Que ya se sea titular en España de una cuenta corriente.
- Que la apertura de la cuenta sea contraria a los intereses de la seguridad nacional o de orden público.
- Que no se aporte la información que se solicite para cumplir con sus obligaciones en materia de prevención del blanqueo de capitales o de la financiación del terrorismo
Estas cuentas permiten dar servicios como el depósito de fondos o la retirada de dinero en efectivo. En ellas se podrá domiciliar recibos y realizar pagos mediante tarjeta –de débito o prepago– o transferencia dentro de la Unión Europea.
Tiene una comisión máxima de 3 euros mensuales, que cubrirían los servicios anteriormente indicados, con un límite de hasta 120 transferencias y adeudos domiciliados en euros dentro de la Unión Europea.