¿Cuáles son las modalidades de seguros de vida?
Dentro de los seguros de vida se incluyen:
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Seguros para el caso de muerte (seguros de riesgo): son aquellos en los que el asegurador, a cambio de la prima, pagará a los beneficiarios la suma asegurada a la muerte del asegurado. Esta suma asegurada podrá cobrarse en forma de renta o en forma de capital. Esta modalidad, por tanto, sólo cubre la posibilidad de fallecer, de modo que si el asegurado llega con vida al vencimiento del contrato, éste finalizará sin contraprestación por la entidad aseguradora. El asegurado de un seguro de riesgo no podrá ser menor de 14 años y será necesario que el mismo complete la declaración sobre su estado de salud, así como, en caso de que lo requiera la aseguradora, se realice un reconocimiento médico. El riesgo de fallecimiento suele complementarse con otros riesgos, como el riesgo de invalidez total o parcial por enfermedad y/o accidente o el riesgo de gran invalidez o el riesgo de dependencia.
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Seguros para el caso de vida (seguros de ahorro): esta modalidad de seguros garantiza el pago de un capital o de una renta al beneficiario, que normalmente suele ser el propio asegurado, si éste vive en una fecha o a una edad determinada. Cuando se vinculan a la edad de jubilación, se conocen como <<seguros de jubilación>>.
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Seguros mixtos: recogen una combinación de los casos anteriores, es decir, el asegurado hace frente al riesgo de un fallecimiento prematuro y, a la vez, garantiza un patrimonio para su vejez en caso de sobrevivir.