¿Se puede establecer un límite a la baja del tipo de interés (lo que se conoce popularmente como “cláusula suelo”) en los préstamos dentro del ámbito de aplicación de la Ley reguladora de los contratos de crédito inmobiliario?

No; no obstante, también se fija la limitación de que el interés remuneratorio en ningún caso podrá ser negativo.

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