Proyecto de Ley de Informaci贸n Empresarial sobre Sostenibilidad para la divulgaci贸n de la contribuci贸n de las empresas en cuestiones medioambientales, sociales y de gobernanza

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Estefan铆a Lorente Aguilera
Estefan铆a Lorente Aguilera es graduada en Administraci贸n y Direcci贸n de Empresas y graduada en Derecho por la Universidad de M谩laga; adem谩s, es experta en asesoramiento fiscal y contable de empresas, y posee la maestr铆a en Sostenibilidad y RSC.

En noviembre del pasado a帽o, se public贸 en el Bolet铆n Oficial de las Cortes Generales del Congreso de los Diputados Espa帽ol, el Proyecto de Ley de Informaci贸n Empresarial sobre Sostenibilidad (en adelante, LIES) por el que se modifican el C贸digo de Comercio, la Ley de Sociedades de Capital y la Ley de Auditor铆a de Cuentas, as铆 como los criterios de tama帽o de las empresas o grupos de empresas a efectos de cumplir con el reporte de informaci贸n corporativa sobre sostenibilidad.

Con la aprobaci贸n y publicaci贸n del citado Proyecto de Ley, el Gobierno espa帽ol da cumplimiento a la transposici贸n de la Directiva europea sobre Informes de Sostenibilidad Corporativa (CSRD, por sus siglas en ingl茅s) mediante la cual se establece la obligaci贸n de determinadas empresas de divulgar informaci贸n acerca de la influencia que ejerce su actividad en la sociedad y en el medio ambiente.

Esta nueva normativa, que modifica la Ley 11/2018, de 28 de diciembre, por la que ciertas entidades quedaban obligadas a reportar los Estados de Informaci贸n No Financiera (m谩s conocidos como EINF), dar谩 lugar a un importante cambio de paradigma en el 谩mbito de la sostenibilidad que transformar谩 la manera en que las empresas deban informar sobre su desempe帽o en criterios Ambientales, Sociales y de Gobernanza (ASG).

La LIES ser谩 aplicable a todas las grandes empresas y grupos de empresas, y tambi茅n, a las PYMES cotizadas (en adelante, PYMES), a excepci贸n de las microempresas, y entre sus principales implicaciones se encuentran las siguientes:

    • Las entidades obligadas por la citada Ley deber谩n elaborar un Informe mediante el cual se reporte contenido acerca del impacto que la misma genera sobre las cuestiones de sostenibilidad, as铆 como informaci贸n necesaria para comprender c贸mo afectan los factores ASG en el desarrollo, resultado y situaci贸n de dichas empresas.
    • Se exige que el citado Informe sea elaborado bajo un marco com煤n para todas las empresas europeas a las que le resulte de aplicaci贸n, el cual deber谩 ser presentado en formato electr贸nico con el prop贸sito de obtener una mayor comparabilidad entre ellas.
    • Los verificadores del Informe de Sostenibilidad desarrollar谩n su trabajo de forma similar a la actividad de auditor铆a de cuentas. En concreto, se establecen requisitos an谩logos en materia de formaci贸n y examen, sistemas de control de calidad, 茅tica profesional, independencia, objetividad, confidencialidad y secreto profesional, organizaci贸n en el trabajo, etc., con el objetivo de alcanzar la igualdad de condiciones entre todas las empresas. Como consecuencia, ser谩 el Instituto de Contabilidad y Auditor铆a de Cuentas (ICAC) el encargado de supervisar la actividad de verificaci贸n de la informaci贸n sobre sostenibilidad.
    • Se modifican los umbrales sobre el tama帽o de gran empresa. As铆, se considera gran empresa la entidad cuyo activo supere los 25 millones de euros y su Importe Neto de la Cifra de Negocios (INCN) alcance los 50 millones de euros; por su parte, se considerar谩 peque帽a empresa aquella cuyo activo no supere los 5 millones de euros y su INCN sea inferior a 10 millones de euros.

El prop贸sito es alcanzar la simplificaci贸n de las obligaciones contables de las empresas, en la medida en la que algunas entidades calificadas actualmente como grandes empresas pasar谩n a considerarse empresas medianas, permiti茅ndoles acogerse a la posibilidad de elaborar modelos abreviados de presentaci贸n de estados financieros o acogerse al plan general de contabilidad de PYMES.

La entrada en vigor de la LIES ser谩 escalonada para facilitar a las empresas su adaptaci贸n a las nuevas exigencias derivadas de la normativa europea, y en especial, a las PYMES que deber谩n enfrentarse a importantes desaf铆os para adaptar sus procesos a los complejos requerimientos sobre sostenibilidad que se desprende de la nueva Ley.

De esta forma, y teniendo tal consideraci贸n, las PYMES tendr谩n la obligaci贸n de elaborar el citado Informe de Sostenibilidad a partir del 1 de enero del a帽o 2026, mientras que las grandes empresas los han realizado de forma diferenciada en dos grupos: (i) desde el 1 de enero de 2024 result贸 obligatorio para aquellas grandes empresas de inter茅s p煤blico, y (ii) desde el 1 de enero del presente a帽o result贸 obligatorio para el resto de grandes empresas.

Se trata de un Proyecto de Ley con una palpable relevancia tanto para empresas como para verificadores, que permitir谩 incrementar la generaci贸n, comprobaci贸n y transparencia en el reporte de informaci贸n sobre sostenibilidad.

Por tal motivo, resulta esencial que las entidades obligadas a realizar el rese帽ado Informe de Sostenibilidad comiencen a efectuar un an谩lisis sobre la posici贸n que ocupan, a los efectos de ser capaces de desarrollar un enfoque proactivo y estrat茅gico que demuestre su compromiso con pr谩cticas responsables y sostenibles.

La transici贸n hacia una mayor sostenibilidad no se debe considerar 煤nicamente como un requisito normativo, sino como una oportunidad para conseguir una mejor posici贸n en un entorno empresarial cada vez m谩s dominado por mayores exigencias y compromisos en sostenibilidad.

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