Con carácter general, cabe señalar lo siguiente:
- Integran en la Renta General del IRPF los rendimientos del trabajo, del capital inmobiliario y de las actividades económicas, así como determinados rendimientos del capital mobiliario, las imputaciones de rentas, y determinadas ganancias y pérdidas patrimoniales (fundamentalmente, premios, ciertas indemnizaciones, etc.).
- Las rentas que se integran en la Renta del Ahorro del IRPF son las que provienen de dividendos, intereses, percepciones obtenidas de contratos de seguros y ganancias patrimoniales obtenidas por transmisiones de bienes patrimoniales.
No todas las rentas personales se someten a tributación, ya que algunas gozan de exención.