¿Qué dos grandes bloques de renta se distinguen en el IRPF?

En cierto sentido, podríamos sostener que el IRPF es un impuesto que podríamos denominar «cuasi dual», ya que clasifica los tipos de renta en dos grupos, según su naturaleza: Renta General y Renta del Ahorro.

Las rentas que se deben integrar en la Base Imponible General se someterán a una tarifa progresiva (el tipo de gravamen aumenta a medida que aumenta la renta). El tipo impositivo resultará de la aplicación de dos escalas de gravamen: la escala de gravamen Estatal y la escala de gravamen Autonómica.

La escala de gravamen Estatal a partir del ejercicio 2023 es la siguiente:

Escala general estatal
Base liquidable (Hasta euros)Cuota íntegra (Euros)Resto base liquidable (hasta euros)Tipo Aplicable (Porcentaje)
    
0012.450,009,50
12.450,001.182,757.750,0012,00
20.200,002.112,7515.000,0015,00
35.200,004.182,7526.000,0018,50
60.000,008.992,75240.000,0022,50
300.000,0062.950,75En adelante24,50

Cada Comunidad Autónoma fija adicionalmente su propia escala de gravamen. En el caso de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la escala de gravamen fijada desde 2022 es la siguiente:

Base liquidableCuota íntegraResto base liquidableTipo aplicable
(Hasta euros)(Euros)(Hasta euros)(Porcentaje)
0013.0009,50
13.0001.2358.10012,00
21.0002.20714.10015,00
35.2004.32224.80018,50
60.0008.910En adelante22,50

La renta del Ahorro tributará según la siguiente escala de tipos (también progresiva, aunque en menor grado):

Escala del ahorro estatal y autonómica
Base liquidableTipo estatal aplicableTipo autonómico aplicableTipo total aplicable
(Euros)(Porcentaje)(Porcentaje)(Porcentaje)
Hasta 6.000,009,509,5019,00
Los siguientes 44.000,0010,5010,5021,00
Los siguientes 150.00011,5011,5023,00
Los siguientes 100.00013,00 13,0027,00
En adelante14,0014,0028,00

*Ha de tenerse en cuenta que estas escalas de gravamen suelen modificarse con cierta frecuencia.

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