¿Cuáles son las principales novedades de la Directiva de Servicios de Pago de 2015?

Además de la limitación de responsabilidad en caso de operaciones no autorizadas como consecuencia de la pérdida o extravío del medio de pago a 50 euros (anteriormente 150 euros), los aspectos más innovadores guardan relación con la aparición de dos nuevos servicios de pago, que obligan a adaptar todo el marco de la prestación de los servicios de pago: el servicio de iniciación de pagos y el de información sobre cuentas. El servicio de iniciación de pagos permite iniciar una orden de pago, a petición del usuario del servicio de pago, respecto de una cuenta de pago abierta con otro proveedor de servicios de pago. El servicio de información sobre cuentas es un servicio en línea cuya finalidad consiste en facilitar información agregada sobre una o varias cuentas de pago de las que es titular el usuario del servicio de pago o bien en otro proveedor de servicios de pago, bien en varios proveedores de servicios de pago.

Estos servicios los pueden ofrecer las entidades bancarias tradicionales, pero también por dos nuevos proveedores como son el “proveedor de servicios de pago gestor de cuenta” y el “proveedor de servicios de iniciación de pagos”.

De este modo, el tradicional mercado de pagos quedará alterado para dar cabida a estos nuevos proveedores, que deberán adoptar la forma de entidad de pago, lo que dará nuevas posibilidades a los usuarios y obligará a los bancos a establecer nuevas formas de relacionarse tanto con sus clientes como con estos proveedores.

 

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