Tengo una hipoteca con mi ex pareja que no podemos pagar. El valor de tasación es de 270.000€ y resta por pagar 168.000€. ¿Tiene la vivienda la consideración de habitual?

3 de marzo de 2015 

Tengo una hipoteca con mi ex pareja que no podemos pagar. El valor de tasación es de 270.000€ y resta por pagar 168.000€. ¿Tiene la vivienda la consideración de habitual? Esto es importante ya que en caso de serlo y de quedar la subasta desierta, el banco se la adjudicaría por el 70% del valor de tasación.


En el supuesto descrito, el esquema inicial se ve afectado por una situación personal de los deudores, como es el caso de una crisis matrimonial. Sin embargo, en general, la sentencia dictada en el proceso de separación o divorcio no altera la titularidad en virtud de la cual los cónyuges ostentaban la posesión del inmueble destinado a vivienda habitual. Por ello, en principio, a salvo de las circunstancias que pudieran concurrir en este caso, la adjudicación habría de ser por el 70% del valor por el que el bien hubiese salido a subasta o si la cantidad adeudada al acreedor por todos los conceptos es inferior a ese porcentaje, por el 60% del valor por el que el bien hubiese salido a subasta.

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