¿Se pueden conservar los derechos de suscripción sobrantes de una ampliación de capital?
20 de noviembre de 2014
Una vez finaliza la ampliación de capital los derechos de suscripción se extinguen y quedan sin valor alguno. Por tanto, en las ampliaciones de capital, si el titular no da otra orden como, por ejemplo, la de vender la totalidad de los derechos en el mercado, el intermediario financiero por defecto suscribe el mayor número de acciones que pueda con los derechos que tiene asignados y el resto los vende en el mercado.