¿Cuáles son los sujetos obligados que han de cumplir las obligaciones de prevención del blanqueo de capitales establecidas en la Ley 10/2010?
Los sujetos obligados son de variada naturaleza: entidades financieras, fideicomisos (del tipo “Trust”), promotores inmobiliarios, abogados, notarios, casinos de juego, corredores de arte y antigüedades, etc.
Las entidades financieras más destacadas que quedan sujetas a las normas de prevención del blanqueo de capitales son las entidades de crédito, las entidades aseguradoras del ramo de vida, las empresas de servicios de inversión, las sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva, las entidades gestoras de fondos de pensiones, las sociedades gestoras de entidades de capital-riesgo y las entidades de pago.