¿Qué categorías de productos distingue la Directiva MiFID 2?

Los productos conforme al régimen MiFID 2 pueden clasificarse distinguiendo entre productos No MiFID y productos MiFID. A su vez, los productos MiFID pueden clasificarse en complejos y no complejos, aunque no existe un catálogo cerrado de cuáles se han de incluir en una categoría o en otra:

Productos No MiFID (No afectados por la Directiva):

  • Cuentas corrientes.
  • Libretas de ahorro a la vista.
  • Imposiciones a plazo fijo.
  • Planes de pensiones.
  • Seguros (de vida, no de vida, de ahorro, etc.).

Productos MiFID:

 Productos no complejos
(instrumentos financieros no complejos)

Ejemplos:

  • Acciones.
  • Instrumentos del mercado monetario (pagarés, letras del Tesoro, bonos y obligaciones del Estado).
  • Fondos de inversión y SICAV (excepto Hedge Funds e inmobiliarios).
  • Cédulas hipotecarias.
  • Depósitos estructurados.
  • Unit linked.
Productos complejos
(instrumentos financieros complejos)

Ejemplos:

  • Deuda subordinada.
  • Participaciones preferentes.
  • Fondos de inversión libre (Hedge Funds).
  • Fondos de inversión inmobiliaria.
  • Derivados (futuros, opciones, warrants, caps, floors…).
  • Contratos financieros atípicos.
  • Seguros de cambio.
  • Opciones sobre divisas.

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