¿Quién puede ser titular de un depósito a la vista?
Cualquier persona mayor de edad con capacidad para obligarse o capacidad de contratar, los menores de edad emancipados, así como los menores de edad a través de sus representantes legales. Igualmente, las personas jurídicas podrán ser titulares de un depósito a la vista, actuando a través de sus administradores o apoderados.