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Aunque, con determinadas excepciones, las entidades de crédito tienen libertad para fijar sus tarifas de comisiones y los gastos que cobrarán a su clientela, existen determinados requisitos que deben cumplir para ello.

La normativa básica que regula el establecimiento y cobro de comisiones bancarias y gastos repercutibles a la clientela se encuentra en la Orden EHA/2899/2011.