Impuesto sobre el patrimonio

21 de septiembre de 2011

El impuesto sobre el patrimonio se ha modificado tras la aprobación del Real Decreto-ley 13/2011, de 16 de septiembre.

En primer lugar, es necesario señalar que el restablecimiento de este impuesto es de carácter temporal para los ejercicios 2011 y 2012. Asimismo, las Comunidades Autónomas siguen ostentando competencias sobre este impuesto.

Los principales cambios que se introducen por medio de este Real Decreto, son:

  • Elevación del importe de exención parcial sobre vivienda habitual, hasta los 300.000 euros.
  • Si entre los bienes o derechos de contenido económico computados para la determinación de la base imponible figurase alguno situado en Ceuta y Melilla, se bonificará el 75 por ciento de la parte de la cuota que proporcionalmente corresponda a los mencionados bienes o derechos.
  • En cuanto a la base imponible se ha establecido que ésta se reducirá en concepto de mínimo exento en el importe aprobado por la Comunidad Autónoma, y en el caso de que la Comunidad Autónoma no hubiese establecido este importe, la base imponible se reducirá en 700.000 euros.
  • Por último, las personas obligadas a presentar declaración serán aquellas cuya cuota tributaria resulte a ingresar, o cuando el valor de sus bienes o derechos sea superior a 2.000.000 euros.

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