Principalmente, los avales pueden clasificarse en función de las siguientes categorías:
- Según la obligación garantizada: un «aval económico» tiene por objeto garantizar el pago de bienes o servicios adquiridos por el avalado al beneficiario del aval; «aval técnico», garantizar la ejecución de obras o servicios.
- Según el emisor del aval: fundamentalmente se distingue entre aquellos avales en los que avalista es una entidad financiera («avales bancarios») y aquellos donde es cualquier otra persona física o jurídica («avales personales»).